Casación No. 198-2016             

Sentencia del 08/09/2016


"...Al realizar el estudio correspondiente, se advierte que si bien la Sala sentenciadora no menciona el inciso a) del artículo 39 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que el recurrente denuncia como omitido; también lo es que este fue el fundamento legal que utilizó la Sala para concluir que la compra excesiva de gasolina súper sin registro en su inventario de algún vehículo accionado con este tipo de gasolina, no tiene su origen en el negocio, actividad u operación que da lugar a rentas gravadas del contribuyente, por lo que aplicó correctamente la norma idónea para subsumir los hechos controvertidos y cierto es que señala el artículo 39 inciso b) de la ley ibídem, pero lo hace como referencia únicamente, pero no fue la base legal que sustentó el fallo, sino lo hizo con fundamento en el artículo 39 inciso a) de la referida ley...
...Como consecuencia, no se configura el submotivo de aplicación indebida del artículo 39 inciso b) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Por ende, debe desestimarse el recurso en cuanto a este último planteamiento..."